Un jurado determinó que las empresas perjudicaron a una joven usuaria al diseñar productos que le crearon adicción y le provocaron trastornos mentales.

Por Cecilia Kang, Ryan Mac y Eli Tan

La empresa de redes sociales Meta y el servicio de transmisión de video YouTube perjudicaron a una joven usuaria con características de diseño que eran adictivas y le causaron problemas de salud mental, según dictaminó un jurado el miércoles, lo que constituye una decisión histórica que podría exponer a las empresas de redes sociales a más demandas por el bienestar de los usuarios.

Meta y YouTube deberán pagar 4,2 millones de dólares por daños compensatorios y punitivos, y YouTube 1,8 millones.

El caso histórico, presentado por una mujer de 20 años identificada como K. G. M., acusaba a las empresas de redes sociales de crear productos tan adictivos como los cigarrillos o los casinos digitales. Citando funciones como el desplazamiento infinito y las recomendaciones algorítmicas, K. G. M. demandó a Meta, propietaria de Instagram y Facebook, y a YouTube, de Google, alegando que le provocaron ansiedad y depresión.

El veredicto del caso de K. G. M. —una de las miles de demandas presentadas por adolescentes, distritos escolares y fiscales generales estatales contra Meta, YouTube, TikTok y Snap, propietaria de Snapchat— supuso una importante victoria para los demandantes. El fallo valida una novedosa teoría jurídica según la cual los sitios o aplicaciones de redes sociales pueden ocasionar daños personales. Es probable que influya en casos similares que se espera que lleguen a juicio este año, lo que podría exponer a los gigantes de internet a nuevos daños financieros y forzar cambios en sus productos.

El argumento de la responsabilidad personal se inspira en la estrategia jurídica utilizada contra las grandes tabacaleras en el siglo pasado, en la que los abogados argumentaban que las empresas creaban productos adictivos que perjudicaban a los usuarios. Las empresas han esquivado en gran medida las amenazas legales citando un escudo federal, llamado Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996, que las protege de la responsabilidad por lo que publican sus usuarios.

TikTok y Snap llegaron a un acuerdo con el demandante en condiciones no reveladas antes de que comenzara el juicio.

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