La Resolución 008 de 2024 define el calendario de implementación para la
generación y transmisión, de forma electrónica, de los documentos
equivalentes.
Entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre son los plazos para la implementación,
de acuerdo con la clasificación del contribuyente o el tipo de documento
equivalente.
De manera paulatina, durante 2024, quienes expidan tiquetes de máquina
registradora con sistema POS y otros equivalentes a la factura de venta, tendrán
que implementarlos electrónicamente.
Para tal fin, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) amplió, con la
expedición de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024, los plazos establecidos
para la generación y transmisión de forma electrónica de dichos documentos, que
tenían un vencimiento ya establecido por la Resolución 165 de 2023.
Para la directora de Gestión de Impuestos de la DIAN, Cecilia Rico Torres, “esta
implementación redundará en beneficios importantes como mejoras en los
servicios de declaraciones sugeridas, devoluciones automáticas de impuestos, y
dispondrá de información en tiempo real de sus soportes venta y/o compra de
bienes y/o servicios”.
También es clave tener en cuenta que para el nuevo POS electrónico no aplicará
el límite de 5 UTV (Unidades de Valor Tributario) para su expedición, ya que ahora
puede emitirse por cualquiera que sea el valor de la compra. Además, siempre
que dicho documento electrónico identifique al comprador de bienes o servicios
con su nombre o razón social y número de cédula o NIT, le servirán para soportar
los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto de Renta
y Complementarios.
El calendario de implementación
El próximo 1 de mayo vence el plazo para la generación del nuevo POS electrónico
para el primer grupo de implementación, que son los Grandes Contribuyentes
que sean facturadores electrónicos y expidan tiquetes de máquina registradora
con sistema POS como soporte de las operaciones de venta.
Los siguientes vencimientos en el cronograma son: el 1 de junio, para declarantes
del Impuesto sobre la Renta que no sean Grandes Contribuyentes y el 1 de julio,
para los no declarantes del Impuesto sobre la Renta y quienes no tengan ninguna
de las calidades de los grupos anteriores. Por último, entre el 1 de agosto y el 1 de
noviembre los 11 documentos que la DIAN contempla como equivalentes de la
factura tendrán que pasar a sus versiones electrónicas.
Acompañamiento y orientación
Para facilitar este proceso y mantener la cercanía con los contribuyentes, la DIAN,
desde ya, viene desarrollando diferentes acciones de acompañamiento para
orientar la implementación correspondiente, de modo que se ajuste a los plazos.
Adicionalmente, la entidad continuará adelantando otras acciones de
acompañamiento, como las ya conocidas jornadas de facturación.
Hoy, en todo el territorio nacional, la DIAN adelantará visitas de control de
facturación para orientar de primera mano a los contribuyentes. Serán 1.400
servidores públicos que visitarán alrededor de 4.500 establecimientos de
comercio en todo el país, quienes aprovecharán también para hacer revisiones de
obligaciones pendientes.
Ayer, 120 contribuyentes recibieron orientación en Medellín, para hacer claridad
sobre las novedades y plazos que trae la Resolución 0008 de 2024, la cual amplió
los plazos para la implementación de los documentos equivalentes electrónicos.
Finalmente, un aspecto importante para resaltar es que quienes actualmente
expiden documentos equivalentes a la factura de venta pueden optar por no
implementar el documento equivalente electrónico y, en su defecto, facturar
electrónicamente la totalidad de sus ventas.
